El 20 de mayo de 2020 se publicó el Orden  SND/421/200, de 18 de mayo que establece prorrogas automáticas a las autorizaciones y estancias de extranjeros en España

1 – PRÓRROGA AUTOMÁTICA DE LAS AUTORIZACIONES TEMPORALES DE RESIDENCIA Y/O TRABAJO Y LAS AUTORIZACIONES DE ESTANCIA POR ESTUDIOS, MOVILIDAD DE ALUMNOS, PRÁCTICAS NO LABORALES O SERVICIOS DE VOLUNTARIADO Y DE LAS RESPECTIVAS TARJETAS DE IDENTIDAD  – aplicable a todas las autorizaciones cuya vigencia expire durante el estado de alarma o haya expirado en los 90 días naturales previos a la fecha  en que se  decretó. Se consideran prorrogadas a partir del día siguiente de la caducidad de la autorización y se extenderá hasta que transcurran seis meses desde la finalización del estado de alarma. Dicha prórroga automática no es aplicable a las autorizaciones  concedidas para estancias formativas de las especialidades de ciencias de la salud reguladas por el artículo 30 del Real Decreto 183/2008.

2 – PRORROGA AUTOMÁTICA DE LAS TARJETAS DE FAMILIARES DE CIUDADANO DE LA UNION – quedan automáticamente prorrogadas durante la vigencia del estado de alarma y hasta un período de 6 meses desde su finalización la validez de las  tarjetas de familiar de ciudadano de la unión cuya vigencia hubiera  expirado durante el estado de alarma  o en los 90 días naturales previos a la fecha en que este fue decretado.

3 – PRORROGA AUTOMÁTICA DE LAS TARJETAS DE IDENTIDAD VINCULADAS A LAS AUTORIZACIONES DE LARGA DURACIÓN  – quedan automáticamente prorrogadas durante la vigencia del estado de alarma y hasta un período de 6 meses desde su finalización la validez de las  tarjetas de familiar de ciudadano de la unión cuya vigencia hubiera  expirado durante el estado de alarma  o en los 90 días naturales previos a la fecha en que este fue decretado.

4 – PRORROGA DE ESTANCIA DE 90 DÍAS – se prorrogan por 3 meses las estancias de los extranjeros que se hallen en España durante el estado de alarma, estando limitada la permanencia en el territorio español.

5- VISADOS DE LARGA DURACIÓN –  se prorrogan automáticamente por 3 meses los visados de todos los  extranjeros que se hallen en España durante el estado de alarma y no pudieron regresar a sus países.

6 – NACIONALES DE TERCEROS PAÍSES TITULARES DE UNA AUTORIZACIÓN, TARJETA DE FAMILIAR, TARJETA DE IDENTIDAD DE EXTRANJERO DE LARGA DURACIÓN PRORROGADA O VISADOS DE LARGA DURACIÓN DE INVERSIONES Y EMPRENDEDORES  – podrán entrar en España con la presentación de su pasaporte o documento de viaje y la tarjeta caducada o con el visado caducado

LAS AUSENCIAS DEL TERRITORIO NACIONAL NO SE COMPUTARÁN PARA COMPROBAR LA CONTINUIDAD DE LA RESIDENCIA DADA LA IMPOSIBILIDAD DE RETORNAR A ESPAÑA

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